Código de Ética para Proveedores de Alpezzi Chocolate S.A. de C.V.

Alpezzi Chocolate S.A. de C.V., tiene el compromiso de actuar con ética y responsabilidad a través de nuestros empleados que tiene relación en sus diversos procesos y en todas sus instalaciones con nuestros clientes, proveedores, colaboradores, accionistas, competidores, con el gobierno, con la comunidad, y cualquier grupo de interés.

Esperamos que todos nuestros proveedores, consultores y contratistas que tienen una relación comercial con nosotros se comprometan al cumplimiento de nuestro CÓDIGO DE ÉTICA PARA PROVEEDORES en todo momento y lugar.

Nuestro CÓDIGO DE ÉTICA PARA PROVEEDORES está basado en el ETHICAL TRADING INITIATIVE (ETI), a continuación, encontrarán los Principios y Lineamientos establecidos para sus colaboradores y proveedores:

OBJETIVO Y ALCANCE

  • El empleo se elegirá libremente
    • No habrá trabajos involuntarios ni forzados, ni en el marco penitenciario.
    • Los trabajadores no tendrán que dejar bajo la custodia del empleador "depósitos" ni su documentación de identidad y serán libres de abandonar su empleo con un plazo de aviso previo razonable.
  • Se respetará la libertad de asociación y el derecho a las negociaciones colectivas
    • Los trabajadores sin distinción alguna, tendrán derecho a afiliarse o constituir los sindicatos de su elección, así como a negociar colectivamente.
    • El empleador adoptará una actitud tolerante hacia las actividades de los sindicatos, así como sus actividades organizativas.
    • Los representantes de los trabajadores no serán discriminados y podrán desarrollar sus funciones representativas en el lugar de trabajo.
    • En aquellos casos en los que la ley restringiera el derecho a la libertad de asociación y a la negociación colectiva, el empleador facilitará y no dificultará el desarrollo de medios paralelos para asociarse y negociar libre e independientemente.
  • Las condiciones de trabajo serán seguras e higiénicas
    • Se proporcionará un entorno de trabajo seguro e higiénico, teniendo presentes los conocimientos preponderantes de la industria, así como de cualquier peligro específico. Se tomarán las medidas necesarias para evitar accidentes y perjuicios para la salud derivados del trabajo, asociados con él o que ocurrieran en el transcurso del mismo, mediante la reducción, en la medida de lo razonable, de las causas de los peligros inherentes al entorno laboral.
    • Los trabajadores recibirán formación con regularidad y por escrito en materia de seguridad e higiene, la cual se repetirá para trabajadores nuevos o reasignados.
    • Se proporcionará acceso a aseos limpios y a agua potable y, si fuera necesario, a instalaciones sanitarias para almacenamiento de comida.
    • El alojamiento, cuando se proporcione, será limpio y seguro y cumplirá las necesidades básicas de los trabajadores.
    • La empresa que se acoja al código atribuirá la responsabilidad en materia de seguridad e higiene a un representante de la directiva superior.
  • No se empleará mano de obra infantil
    • Las empresas desarrollarán o participarán y contribuirán a las políticas que favorezcan el periodo de transición necesario para que cualquier niño/a que desempeñe un trabajo de mano de obra infantil pueda escolarizarse y recibir con continuidad una educación de calidad hasta que deje de ser niño/a. En los anexos se definen los términos "niño/a" y "mano de obra infantil".
    • No se empleará a niños ni a jóvenes de menos de 18 años para trabajos nocturnos o en condiciones peligrosas.
    • Estas políticas y procedimientos se ajustarán a las disposiciones de la correspondiente normativa de la OIT (ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO).
  • Se pagará un salario digno
    • Los salarios y prestaciones abonados por una semana de trabajo estándar habrán de cumplir, como mínimo, la normativa legal nacional o la normativa industrial de referencia, la que fije los salarios y prestaciones más altos. En cualquier caso, los salarios habrán de resultar siempre suficientes para cubrir las necesidades básicas y disponer de ciertos ingresos discrecionales.
    • Se proporcionará a todos los trabajadores información por escrito y comprensible sobre sus condiciones de trabajo en relación con los salarios antes de aceptar el empleo y sobre los detalles de sus salarios durante el periodo de pago en cuestión, cada vez que perciban su salario.
    • Las deducciones del salario como medida disciplinaria no estarán permitidas ni tampoco se practicará ninguna deducción no prevista por la legislación nacional sin el consentimiento expreso del trabajador en cuestión. Todas las medidas disciplinarias deberán registrarse.
  • Las horas de trabajo no serán excesivas
    • Las horas de trabajo deberán ajustarse a la legislación nacional, los convenios colectivos, protocolos de clientes/proveedores o estándares a los que estemos afiliados, etc., lo que ofrezca mayor protección a los trabajadores.
    • Las horas de trabajo, excluidas las horas extraordinarias, se definirán contractualmente y no superarán las 48 horas semanales.*
    • Las horas extraordinarias serán voluntarias y se realizarán de forma responsable, teniendo en cuenta los siguientes aspectos: el alcance, la frecuencia y las horas trabajadas por cada trabajador de manera individual y la plantilla en su conjunto. No deberán ocupar el lugar de un empleo habitual. Las horas extraordinarias se compensarán siempre con una prima, que se recomienda que no sea inferior al 125% del salario habitual.
    • El número total de horas trabajadas en cualquier período de siete días no superará las 60 horas.
    • Las horas de trabajo podrán superar las 60 horas en cualquier período de siete días en circunstancias excepcionales cuando se den todas las situaciones siguientes:
      • La legislación nacional lo permite;
      • Cuando lo permita un convenio colectivo que haya sido negociado libremente con un sindicato que represente una parte significativa de la plantilla;
      • Cuando se tomen las medidas oportunas para salvaguardar la salud y la seguridad de los trabajadores; y
      • Cuando el empleador pueda demostrar que concurren circunstancias excepcionales como, por ejemplo, picos de producción inesperados, accidentes o emergencias.
    • Los trabajadores contarán como mínimo con un día libre por cada período de siete días o, cuando la legislación nacional lo permita, dos días libres por cada período de 14 días.
    • * La legislación internacional recomienda la reducción progresiva de las horas de trabajo normales, cuando proceda, a 40 horas semanales, sin ningún tipo de rebaja en el salario de los trabajadores como consecuencia de la reducción de horas.
  • No habrá discriminación
    • No habrá discriminación a la hora de contratar, indemnizar, formar, promocionar, despedir o jubilar por motivos de raza, casta, origen nacional, religión, edad, minusvalía, sexo, estado civil, orientación sexual o afiliación sindical o política.
  • Se proporcionará un trabajo regular
    • En todos los aspectos, el trabajo desempeñado deberá basarse en relaciones laborales reconocidas establecidas a través de la legislación y las prácticas de ámbito nacional.
    • Las obligaciones para con los empleados conforme a la legislación y las normativas laborales o del sistema de la seguridad social, dimanantes de las relaciones laborales convencionales, no se eludirán a través del uso de contratos solo laborales, subcontratos o contratos de trabajo doméstico, ni a través de programas de prácticas en los que no exista intención de dotar de habilidades al trabajador o de proporcionarle un empleo regular, como tampoco se eludirán dichas obligaciones a través del uso excesivo de contratos de duración limitada.
  • No se permitirá un trato inhumano o severo
    • Quedan prohibidos el abuso o los castigos de tipo físico, la amenaza de abuso físico o acoso sexual o de otro tipo, así como el abuso verbal u otras formas de intimidación.
  • Conflicto de Intereses
    • En Alpezzi Chocolate la toma de decisiones para la asignación del negocio a nuestros proveedores no debe de ser afectada por cualquier factor que favorezca intereses ajenos a la productividad, eficacia, eficiencia y el cumplimiento de nuestras metas.

      Con el propósito de evitar que se presenten conflictos de intereses, se espera de nuestros proveedores también actúen con responsabilidad comunicando cualquier interés financiero o de otra índole, que pueda entrar en conflicto de intereses con Alpezzi Chocolate.

      Comunicamos a nuestros proveedores que ningún Colaborador en Alpezzi Chocolate puede ni debe tener interés financiero alguno, laborar o ser consultor, o de cualquier otra índole en un negocio, competidor, proveedor o Cliente.

  • Integridad y Corrupción
    • En Alpezzi Chocolate no sobornamos, no recibimos favores ni dinero para otorgar beneficios a Persona alguna o proveedor, esperando también que nuestros proveedores actúen con la misma responsabilidad.

      Entendemos con toda claridad que, para evitar estos actos, debemos remover cualquier anomalía para que no haya motivo alguno de caer en corrupción. Sobornar para obtener algún beneficio no ayuda en nada a Alpezzi Chocolate o al proveedor y lo pone en una situación muy grave e impide su avance.

      Recibir dinero, obsequios o favores, afecta profundamente los resultados y pone en entredicho la reputación de Alpezzi Chocolate, la del Proveedor y de todos nosotros. Estas acciones son ilegales y pueden constituir un delito.

  • Compromiso
    • Tenemos el compromiso de llevar a cabo negociaciones con nuestros proveedores honestas y equitativas, sin discriminaciones y/o imposiciones.
      • Trato

        Nuestro compromiso es un trato que incluya no sólo el respeto a las personas que representan a los proveedores, sino el proporcionar la información necesaria de los resultados de los concursos y licitaciones, de manera que estos procesos sean transparentes y justos.

        Todo Proveedor será siempre tratado con la Regla de Oro: Respeto, Justicia, Confianza y Afecto

      • Selección y Desarrollo

        Todas las propuestas que nuestros proveedores realicen serán revisadas de manera integral considerando el precio, el valor agregado, la calidad y el servicio que ofrezcan.

        Otorgamos el más alto valor a la competencia justa en el proceso de evaluación para la selección de los mejores. Hemos de ser consistentes con el compromiso que adquirimos para construir relaciones de negocios duraderas, equitativas y justas.

        Estamos comprometidos también a proteger los derechos de los proveedores en lo que corresponde a la confidencialidad de la información suministrada, esperando en contrapartida que los proveedores cumplan a su vez con las políticas de Alpezzi Chocolate.

        Involucramos a nuestros proveedores, buscando su desarrollo y proporcionándoles apoyo e información para mejorar las características de los materiales y servicios que requerimos de ellos, a través de una relación de confianza a largo plazo.

      • Condiciones

        Consideramos que uno de nuestros principales compromisos con nuestros proveedores es el pago oportuno por sus servicios y productos. Para ello establecemos acuerdos claros en materia de condiciones de pago y definimos procesos estables, simples y transparentes que no se presten a interpretaciones o malas prácticas.

        Aspiramos a tener proveedores que en cada transacción obtengan beneficios justos que promuevan su desarrollo sustentable, para estar en posibilidad de brindar un servicio que evolucione en todos sus elementos, no sólo en el precio.

      Comprometidos a promover la legalidad de las operaciones, somos cuidadosos de que nuestros proveedores no incurran en prácticas ilegales como el lavado de dinero, el incumplimiento de sus obligaciones fiscales, medioambientales o sociales, tales como el pago de seguridad social, impuestos o trabajo de menores de edad, de acuerdo con la legislación del país. Alpezzi Chocolate no sostendrá ninguna relación comercial con aquellos proveedores que incurran en este tipo de prácticas.

      Buscamos que nuestros proveedores nos ayuden a ofrecer productos de excelencia, por lo tanto, trabajamos con aquellos que nos garanticen los más altos estándares de calidad y seguridad alimentaria.

      Alpezzi Chocolate fomenta el cuidado del medio ambiente y la biodiversidad y por lo tanto espera que sus proveedores también lo hagan.

      • Anticorrupción

        En Alpezzi Chocolate buscamos obtener del Proveedor únicamente los beneficios correspondientes a la misma negociación de que se trate, sin obtener ventajas los colaboradores, a costa de la asignación de contratos y por la adquisición de bienes y/o servicios. Buscaremos que la relación con nuestros proveedores sea siempre una relación ganar-ganar.

      Para Alpezzi Chocolate el mejor reconocimiento que se puede recibir de un proveedor es que cumpla con lo pactado, por tanto, no aceptamos nosotros ni nuestros familiares dinero, regalos, servicios, descuentos, viajes o entretenimientos. Sin embargo, entendemos que nuestros proveedores hagan esfuerzos por promover sus marcas, productos y servicios, por lo que está permitido que entreguen productos promocionales siempre y cuando su valor sea simbólico.

      En general, nuestras relaciones con los proveedores se basan en la confianza mutua y aspiramos a que la experiencia comercial sea satisfactoria y libre de todo tipo de corrupción.

      Apoyando este concepto, hacemos partícipes a nuestros proveedores de nuestro principio de Integridad de los colaboradores y por ello les pedimos que asuman la responsabilidad de no ofrecer retribuciones o regalos a nuestros Colaboradores.

  • Proveedores con certificación Rainforest Alliance Esperamos que nuestros proveedores se comprometan a cumplir con los siguientes principios y guías:
    • Principios Rectores de la ONU sobre las empresas y los derechos humanos: https://www.ohchr.org/Documents/Publications/GuidingPrinciplesBusinessHR_SP.pdf
    • Guía OCDE‑FAO para las cadenas de suministro responsable en el sector agrícola: https://www.fao.org/fileadmin/templates/est/Investment/OECD/FAO_guidance_-_Spanish.pdf